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ARTICULO 48o. COMPROMISO ECONÓMICO DE LOS ASOCIADOS.

Todos los asociados a “FONPELDAR”, deberán comprometerse a pagar cuotas mínimas sucesivas permanentes de acuerdo a la siguiente tabla:

Ingresos hasta 2 SMMLV  $877.800 - $1.755.600

5% del SMMLV $43.900

Ingresos entre 2 y 4 SMMLV $1.755.600 - $3.511.200

8% del SMMLV $70.250

Ingresos superiores a 4 SMMLV  $3.511.200 - $

10% del SMMLV $87.800

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