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ARTICULO 48o. COMPROMISO ECONÓMICO DE LOS ASOCIADOS.

Todos los asociados a “FONPELDAR”, deberán comprometerse a pagar cuotas mínimas sucesivas permanentes de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Ingresos hasta 2 SMMLV  $908.526 - $1.817.052

5% del SMMLV $45.000

Ingresos entre 2 y 4 SMMLV $1.817.052 - $3.634.104

8% del SMMLV $72.500

Ingresos superiores a 4 SMMLV  $3.634.104 - $

10% del SMMLV $90.500

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