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DEFINICIÓN: Es el crédito destinado a la realización de Reparaciones Locativas, remodelaciones o mejoras a un inmueble de propiedad del asociado.

El crédito de reparaciones locativas se concederá dentro de las siguientes condiciones:

a. Presentar certificado de libertad y tradición del inmueble con un máximo de treinta (30) días de expedición, a fin de comprobar quien es el propietario real del inmueble.

b. Presentar presupuesto de mano de obra y materiales de las Reparaciones Locativas, remodelaciones o mejoras a realizar.

c. Se efectuarán dos (2) visitas oculares una antes y otra después de la obra, estas las realizará un arquitecto o ingeniero cuando supere los cuatro (4) SMMLV, con el fin de comprobar la inversión y presentar los informes correspondientes a Fonpeldar, el costo de la visita será asumido por el asociado

El plazo máximo para efectuar las reparaciones por parte del asociado será de noventa (90) días, después del desembolso del crédito.

PARÁGRAFO: Para tener derecho a un nuevo crédito por esta línea debe haber pagado la totalidad del crédito anterior.

Este crédito puede ser utilizado para compra de bien inmueble y podrá ser otorgado simultáneamente con el crédito Bienes Inmuebles y será girado única y exclusivamente a nombre del vendedor.

CUPO: Hasta cuarenta (40) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.

PLAZO: Hasta setenta y dos (72) meses.

GARANTÍA: Pagare y un (1) deudor solidario o Garantía Admisible.

FORMA DE PAGO: De acuerdo a la pagaduría de cada uno de los asociados su pago se puede efectuar por nómina, caja o en las cuentas que destine Fonpeldar para su recaudo.

Así mismo se pueden autorizar cuotas extraordinarias pagaderas semestralmente durante la vigencia del crédito, de acuerdo al monto del mismo y sin exceder el 50% del valor del crédito.

SANCIÓN: En caso de comprobar que el asociado ha realizado una desviación en la destinación de los recursos del crédito para reparaciones locativas, no tendrá derecho a más créditos por esta línea y se le dará trámite al Comité de Control Social para la aplicación del régimen Disciplinario. Así mismo se ajustará a la tasa más alta que tenga los créditos vigentes en Fonpeldar.

 

 

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