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DEFINICIÓN: Crédito libre inversión o de consumo.

CUPO: El asociado podrá utilizar esta línea de crédito por un monto hasta por cuatro (4) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.

CUPO Y FORMA DE PAGO: El asociado podrá utilizar esta línea de crédito por un monto hasta por cuatro (4) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes. Su pago se deberá efectuar por Caja o Nomina dependiendo su pagaduría así:

 


PLAZO: El plazo máximo será hasta la fecha del pago de cada una de las primas semestrales o mesada para los pensionados, en caso que el asociado no pague la totalidad del crédito, podrá hacer uso de un nuevo crédito por esta línea hasta por el valor máximo permitido y solo se le desembolsara la diferencia.

REQUISITOS: Para solicitar el crédito el asociado deberá demostrar el derecho a esta prestación para los meses de junio o diciembre de acuerdo a su modalidad de ingreso.

GARANTÍAS: Pagare y un (1) deudor solidario en caso de haberse presentado incumplimiento en el periodo anterior o llevar menos de un año de vinculación

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