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DEFINICIÓN: Se entienden como créditos de consumo las operaciones activas de crédito otorgadas a los asociados, cuyo objeto sea financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios para fines no comerciales o empresariales; a través de convenios con los proveedores que Fonpeldar designe o en su defecto presentando factura legal de compra con fecha no mayor a quince (15) días calendario de expedición y a nombre del asociado, con el fin de demostrar que adquirió el producto o servicio

CUPO: Hasta siete (7) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.

FORMA DE PAGO: Su pago se deberá efectuar por Caja o Nomina en cuotas fijas semanales, quincenales o mensuales, dependiendo su pagaduría.

Así mismo se pueden autorizar cuotas extraordinarias pagaderas semestralmente durante la vigencia del crédito, de acuerdo al monto del mismo y sin exceder el 30% del valor del crédito.

PLAZO: Hasta Treinta y seis (36) meses.

GARANTÍA: Pagare y cuando supere cuatro (4) salarios mínimo mensual legal vigente un (1) deudor solidario.

PARÁGRAFO: Cuando los créditos de esta línea se tramiten en las ferias de Fonpeldar, solo se verificará el comportamiento de pago de los asociados durante los últimos seis (6) meses y el estado de cuenta al día en todas sus obligaciones. Se debe adjuntar el formato SAA-FO-054

 

Fonpeldar cuenta los siguientes tipos de convenios adicionales:

1. PLAN EXEQUIAL:

Cobertura para el asociado y su grupo familiar con constitución de las garantías y reservas necesarias para garantizar el cubrimiento de los servicios exequiales ofrecidos según convenio vigente.

PLAZO: Semestralmente

FORMA DE PAGO: Su pago se deberá efectuar por Caja o Nomina dependiendo su pagaduría.

2. AFIANZAMIENTO:

Es un servicio de fianza convencional de AFIANCOL COLOMBIA S.A., en virtud del cual AFIANCOL COLOMBIA S.A. se compromete a garantizar el pago total de las obligaciones crediticias impagadas y recaudadas por nómina o libranza, suscritas entre EL BENEFICIARIO y sus asociados deudores

CUPO: De acuerdo al monto del crédito a afianzar

PLAZO: 12 meses

FORMA DE PAGO: Su pago se deberá efectuar por Caja o Nomina dependiendo su pagaduría.

 

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