AUXILIO PÓSTUMO:
Cuando fallece un asociado, Fonpeldar pagará hasta la suma de CUARENTA (40) SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS LEGALES AÑO 2024 del Fondo para la Previsión y Seguridad, de acuerdo a lo establecido en la tabla enunciada en el artículo tercero.
Este valor será entregado a los herederos del asociado de acuerdo al reglamento de ingreso, retiro y reingreso, previa presentación de la documentación requerida por Fonpeldar, (aproximados al mil más cercano).
PARÁGRAFO: Fonpeldar les enviará a los familiares un arreglo floral.