AUXILIO POR MEDICAMENTOS Y EXÁMENES NO CUBIERTOS POR EL POS PARA BENEFICIARIOS DE ASOCIADOS QUE NO TENGAN VÍNCULO LABORAL DIRECTO CON O-I PELDAR:
Fonpeldar asumirá el pago de los medicamentos y exámenes no cubiertos por el POS hasta en un 50%, sin sobrepasar OCHO (8) SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS LEGALES AÑO, (aproximados al mil más cercano) de acuerdo a lo establecido en la tabla enunciada en el artículo tercero por año calendario, al esposo (a) o compañero (a) permanente del asociado siempre y cuando no sea asociado (a) de Fonpeldar y presenten los siguientes documentos:
a) Los asociados deberán presentar el original de la orden y la certificación de la EPS donde aparezca como beneficiario.
b) Copia documento de identidad
PARÁGRAFO: Se tendrá en cuenta el vínculo conyugal de hecho o derecho entre asociados, con el fin de otorgar un solo auxilio a los beneficiarios del asociado siempre y cuando el beneficiario no sea asociado(a) de Fonpeldar y cumpla con los requisitos anteriormente enunciados.